Aspectos fiscales de la inversión en arte

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No son pocos los inversores que en vistas de la escasa rentabilidad que generan muchos activos financieros, deciden invertir en arte.

Para aquellos que no se dedican de forma profesional a este tipo de operaciones, es importante valorar los aspectos fiscales, además de la posibilidad de obtener una rentabilidad razonable sin incurrir en un excesivo riesgo de pérdida del capital invertido.

En primer lugar, si decidimos invertir en arte, es importante saber que la compra podría estar sujeta a un IVA reducido del 10%. Para ello, se deben cumplir unos requisitos, como serían comprar directamente al autor y que la compra tenga la consideración de “obra de arte” de acuerdo con la normativa de IVA.

Determinados empresarios, como los revendedores, aplicarán el tipo general del 21%. Ahora bien, pueden intervenir intermediarios y es importante estar bien asesorado para garantizar la correcta aplicación del tipo impositivo.

En caso de comprar arte a un coleccionista particular, no debemos olvidar que la operación estará sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, impuesto que debe afrontar el comprador, al tipo previsto para la transmisión de bienes muebles, salvo que la comunidad haya aprobado un tipo distinto.

Una vez comprada la obra, pasa a formar parte del patrimonio personal, y debe declararse en el Impuesto sobre el Patrimonio, salvo que aplique alguna de las exenciones para determinadas obras, normalmente relacionadas con su calificación como patrimonio histórico.

La rentabilidad que pueda obtenerse a través de la inversión en arte, se puede generar tanto con la venta posterior, como con la propia explotación de la obra.

En ambos casos, se deberá tributar por el beneficio o los ingresos obtenidos, pero tanto la tributación indirecta como la declarada en el Impuesto sobre la Renta, dependerá de la condición del inversor, según actúe o no como empresario.

Por ello es importante planificar una posible inversión en arte, desde la posición particular de cada inversor.

Si opta por invertir en arte, dispone de un patrimonio artístico, o su profesión está relacionada con ello, desde PLANA Abogados & Economistas le ofrecemos un asesoramiento especializado.

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