El pasado 23 de mayo de 2024 la Comisión Permanente del Parlament de Catalunya no convalidó el Decreto Ley 6/2024, de medidas urgentes en materia de vivienda que había sido aprobado el pasado día 24 de abril, por lo que se ha mantenido en vigor menos de un mes.
Aquella norma, según su preámbulo, pretendía suplir las lagunas de la Ley de Vivienda estatal regulando los contratos de arrendamiento de temporada y los de habitación para evitar que estos tipos contractuales se utilizarán para evadir la restrictiva normativa de los contratos de arrendamiento de vivienda en áreas tensionadas que impuso la Ley de Vivienda.
El Decreto Ley también ampliaba los supuestos en que la Administración tendría derecho de adquisición preferente sobre las transmisiones de inmuebles en áreas de mercado residencial tenso y regulaba el procedimiento sancionador por incumplimiento de las obligaciones en materia de vivienda.
¿Y ahora qué?
Pues no convalidado el Decreto Ley 6/2024 es de aplicación la Ley de Vivienda Estatal, pero con las correcciones que ha estimado el Pleno del TC (según su nota informativa nº 52/2024) por haber sido declarada la inconstitucionalidad de los artículos 16 y la Disposición Transitoria Primera (relativos a vivienda protegida), el artículo 19.3.2º (información que deben suministrar los grandes tenedores en zonas de mercado tensionado, en cuanto no deberán aportar “régimen de utilización efectiva de la vivienda, en el contexto de los usos previstos en los instrumentos de ordenación territorial y urbanística” ) y los apartados 1, párrafo 3º, y 3 del artículo 27 (regulación y financiación de los parques públicos de vivienda).
La afectación de la Ley, a instancias del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, no es demasiado importante pues el resto de los motivos de impugnación han sido desestimados por el Alto Tribunal. No obstante, hay que tener en cuenta que aún están pendientes otros siete recursos de inconstitucionalidad planteados por las Comunidades Autónomas de Baleares, Madrid, País Vasco, Catalunya, Galicia, así como del Parlamento de Catalunya y de los diputados del PP en el Congreso, frente a la norma que pueden acabar reduciendo su alcance.
A pesar de los anteriores recursos es evidente que será de aplicación la normativa de contención de alquileres estatal en aquellas Comunidades Autónomas que así lo prevean, como en Cataluña que afecta ya a 140 municipios y está en trámite añadir otros 131 municipios, alcanzando un total de 271 municipios donde residen el 90% de la población.
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