La Dirección General de Tributos (DGT) ha analizado en la Consulta Vinculante V0016-25 si una Sociedad “A”, constituida en 2023, puede beneficiarse del tipo reducido del 15% en el Impuesto sobre Sociedades (IS), regulado en el artículo 29.1 de la Ley del IS, durante los ejercicios 2023 y 2024, cuando se continua una actividad realizada anteriormente por una persona física vinculada que falleció. Además, los socios que constituyen la nueva sociedad eran asalariados del fallecido por lo que no eran titulares de la actividad que se venía realizando.
La normativa establece que este tipo reducido es aplicable a empresas de nueva creación, siempre que inicien una actividad económica y no continúen una previamente ejercida por otras entidades o personas vinculadas. En este caso, la DGT observa que la Sociedad “A” desarrolla la misma actividad que venía desempeñando una persona vinculada antes de su fallecimiento. Además, la sociedad compró las existencias y el inmovilizado a la persona física que ejercía su actividad antes del cese por fallecimiento, mantiene a los mismos empleados, opera en los mismos locales y estos últimos son alquilados a través de una comunidad de bienes formada por los herederos.
La DGT determina que la Sociedad “A” no puede aplicar el tipo reducido del 15%, ya que su actividad es una continuidad de la desarrollada previamente por el padre de los socios actuales. La existencia de una transmisión de actividad impide el reconocimiento como empresa de nueva creación a efectos del Impuesto sobre Sociedades.
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