¿El arrendatario debe devolver el piso pintado al propietario?

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No existe ninguna regulación específica sobre quien tiene obligación de pintar la vivienda arrendada por lo que cabe examinar cada caso en concreto, así como la evolución de las resoluciones judiciales sobre la materia.

De ello y como conclusión puede indicarse que el arrendatario estará obligado a pintar la vivienda si los daños son provocados por un uso anormal de la misma y el propietario deberá asumir el coste de la pintura si se trata de un desgaste habitual derivado del paso del tiempo o si es una obra de conversación para mantener las condiciones de habitabilidad (por ejemplo, cuando tras sufrir humedades sea necesario pintar).

Así, el propietario no podrá reclamar la pintura al arrendatario si el desgaste se debe al paso del tiempo y uso normal de la vivienda, pero sí estará obligado a devolverla pintada el arrendatario si por ejemplo deja la vivienda pintada de colores y en el contrato no se autorizaba esa pintura o cuando transcurrido pocos meses de uso de la vivienda la devuelve en un estado que no pueda considerarse un uso normal de la misma.

La obligación del inquilino es entregar la vivienda de tal manera que el próximo arrendatario pueda entrar en el disfrute de la vivienda de modo inmediato, pero no tiene obligación de devolverla recién pintada.

En PLANA ABOGADOS & ECONOMISTAS estamos a su disposición para asesorarles y darles respuesta, entre muchas otras, a las cuestiones y preguntas que se les puedan plantear en cada caso concreto.

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