El fin de la moratoria concursal

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El pasado 30 de junio expiró la moratoria concursal por la que quedaba en suspensión el deber del deudor que se encontrase en situación de insolvencia de solicitar la declaración de concurso.

Cabe recordar que dicha medida fue introducida al inicio de la pandemia provocada el Covid-19, y había sido prorrogada en varias ocasiones, la última de ellas mediante el Real Decreto-ley 27/2021, de 23 de noviembre, por el que se prorrogan determinadas medidas económicas para apoyar la recuperación.

De la misma manera, también queda sin efecto la no admisión a trámite de las solicitudes de concurso necesario que presenten los acreedores.

¿Qué consecuencias tendrá el fin de la moratoria concursal?

Como consecuencia del fin de la referida moratoria, se prevé un alud de solicitudes de concursos, pues desde hoy tendrá plena eficacia la obligación de solicitar la declaración en situación de concurso de acreedores para aquellas personas físicas o jurídicas que se encuentren en situación de insolvencia actual, dentro de los dos meses siguientes a la fecha en la que se tuvo o debió tener conocimiento de la insolvencia.

A modo de recordatorio, una persona física o jurídica se encontrará en situación de insolvencia actual cuando no disponga de tesorería suficiente para cumplir puntual y regularmente sus obligaciones. En cuanto a la insolvencia inminente, se encontrará en tal situación el deudor que prevea que no podrá cumplir regular y puntualmente sus obligaciones.

En caso de encontrarse en situación de insolvencia actual, recomendamos encarecidamente proceder a solicitar la declaración en situación de concurso de acreedores, ya sea con el objetivo de proceder a una liquidación ordenada de la sociedad salvaguardando la responsabilidad del órgano de administración, o bien para intentar conseguir un convenio con los acreedores que permita obtener quitas de la deuda y/o un fraccionamiento de pago.

Por otro lado, si se encuentra en situación de insolvencia inminente, recomendamos iniciar un proceso de negociación pre-concursal con los acreedores con ánimo de intentar conseguir un acuerdo con ellos que permita evitar que la insolvencia inminente se convierta en actual, así como evaluar todas las posibles medidas a aplicar para reducir los costes de la actividad en pro de la supervivencia de la misma.

Desde PLANA ABOGADOS & ECONOMISTAS les ofrecemos un asesoramiento especializado en derecho mercantil y concursal, dando respuesta, entre muchas otras, a las cuestiones y preguntas que se les puedan plantear respecto a la obligación de presentar un concurso de acreedores o equilibrar el patrimonio neto de una sociedad.

No dude en ponerse en contacto con nosotros si necesita asesoramiento específico en este tema.

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