Principales novedades IRPF 2021

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La Orden HFP/207/2022, de 16 de marzo, además de introducir las modificaciones relativas a la información de operaciones con criptoactivos, de las que hablamos recientemente, incluye las siguientes novedades en el modelo de la declaración de renta del ejercicio 2021:

  • Para los rendimientos de capital inmobiliario, se incluye una casilla para aquellos arrendadores que no sean “grandes tenedores”, donde podrán consignar como gasto deducible la rebaja en el arrendamiento acordado a partir de 14 de marzo de 2020, por los meses de enero, febrero y marzo de 2021, en el caso de alquileres de locales que cumplan los requisitos exigidos por la norma.
  • Para los rendimientos de actividades económicas en estimación directa, se modifica la forma de consignar las subvenciones y ayudas públicas que pueden imputarse por cuartas partes, en el período impositivo en el que se obtengan y en los 3 siguientes.

De esta forma en los ejercicios siguientes se informará al contribuyente en sus datos fiscales de las ganancias pendientes de imputar.

  • En las reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, se deberá distinguir las aportaciones individuales de las contribuciones empresariales imputadas por el promotor en los periodos impositivos 2016 a 2020, pendientes de reducción a 1 de enero de 2021 en la base imponible.

De esta manera se informará de las cantidades pendientes de aplicación al inicio del periodo impositivo, las cantidades aplicadas en el ejercicio y las cantidades pendientes de aplicación en ejercicios futuros.

  • Inclusión de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.

La primera deducción de este tipo en la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda, permite una deducción de hasta un 20 % de las cantidades satisfechas por las obras realizadas a partir de la entrada en vigor del decreto-ley y hasta el 31 de diciembre de 2022, con una base máxima de 5.000 euros anuales. Se debe acreditar una reducción de al menos un 7 % en la demanda de calefacción y refrigeración.

La segunda deducción permite una deducción de hasta un 40 % de las cantidades satisfechas, hasta un máximo de 7.500 euros anuales, si las obras contribuyen a una reducción de al menos un 30 % del consumo de energía primaria no renovable (o mejoren la calificación energética para obtener una clase “A” o “B”).

La tercera deducción, por obras que mejoren la eficiencia energética en edificios de uso predominante residencial, sobre las cantidades satisfechas por el titular de la vivienda hasta el 31 de diciembre de 2023, pudiendo deducirse hasta un 60 %, con un máximo de 5.000 euros anuales y pudiendo deducirse las cantidades no deducidas por exceso en los cuatro ejercicios siguientes, con un máximo de la base acumulada de 15.000 euros.

  • Incorporación de casillas para indicar la fecha de inicio y fin de las obras de ampliación, rehabilitación y adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad. En la modalidad de construcción se solicitará la fecha de adquisición o de obra nueva.
  • Posibilidad de aplicar desde el 1 de enero de 2021, deducciones por inversiones en producciones cinematográficas españolas de largometrajes y cortometrajes y por producción de determinados espectáculos en vivo, ya sea como productores o por la aportación en concepto de financiación, identificando al productor de la obra.
  • Modificación en el documento de ingreso y devolución para permitir incluir el número de una cuenta bancaria de un país o territorio que no pertenezca a la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA).

 

No dude en contactar con PLANA Abogados & Economistas, para cualquier duda sobre su declaración de renta y la aplicación de las novedades de 2021.

 

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