Aplicación de la cláusula rebus sic stantibus a los contratos de futbolistas.

Imprimir página

Ante la reanudación de la mayoría de las competiciones que se disputan en suelo europeo que habían sido suspendidas por los efectos del Covid-19, con la prolongación del calendario más allá de la fecha normal de conclusión de la temporada deportiva, la FIFA ha propuesto a clubes y jugadores que finalizan su relación contractual el próximo 30 de junio que se pongan de acuerdo para que estos últimos acaben la temporada deportiva jugando con sus actuales equipos. Si bien el máximo organismo del fútbol mundial no puede obligar a los jugadores a extender sus contratos, para forzar estos acuerdos ha establecido como medida que los jugadores no podrán se inscritos por sus nuevos clubes hasta que finalicen las competiciones de la temporada 2019/2020.

¿Podría resultar de aplicación la cláusula “rebus sic stantibus” a estos contratos para forzar la adecuación de su duración? Lo analizamos a continuación en nuestro artículo.

Departamento Mercantil e Inmobiliario

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Enquire here

Give us a call or fill in the form below and we'll contact you. We endeavor to answer all inquiries within 24 hours on business days.