¿Qué plazos existen para la campaña de renta de 2015?
- A partir del 6 abril se podrá solicitar el borrador de la declaración de renta y, en su caso, se podrá llevar a cabo la confirmación del citado borrador por vía electrónica (a través de internet o por teléfono). Asimismo, se podrán acceder a los datos fiscales de los contribuyentes desde el portal de la Agencia Tributaria. Desde esta fecha también se podrá presentar la declaración del impuesto por vía electrónica (a través de Internet).
- Desde el 10 de mayo se podrá presentar la declaración de la renta en caso de utilizar una vía distinta a la electrónica, es decir, de manera presencial, cualquiera que sea su resultado: a ingresar, a devolver o negativo ante las entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la Agencia Tributaria.
- Hasta el 25 de junio se permitirá la presentación del borrador y declaración de la renta con resultado a ingresar con domiciliación bancaria. A partir de esta fecha, se deberá solicitar un código NRC a la entidad bancaria para su presentación vía internet, en caso de que resulte a ingresar.
- · El día 30 de junio finaliza la campaña de renta y es el último día para presentar la declaración del ejercicio 2015 en todas sus versiones. Esta fecha también es el último día de plazo para el régimen especial de tributación por el Impuesto sobre la Renta de las personas no Residentes y trabajadores desplazados
- · El segundo plazo de la renta, en caso de solicitar fraccionamiento, se abonará el día 7 de noviembre de 2016.
Debe recordarse que las personas obligadas a presentar declaración del Impuesto sobre Patrimonio quedan obligadas a su vez a presentar la declaración de renta vía telemáticamente.