¿Es deducible para un profesional autónomo la prima que satisface mensualmente por haber suscrito un seguro privado de asistencia sanitaria?
Si. Tienen la consideración de gasto deducible para la determinación del rendimiento neto en estimación directa, las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él, siendo el límite máximo de deducción de 500 € para cada uno de ellos ( siendo de 1.500€ para cada uno de ellos en caso de discapacidad).