El pasado día 1 de marzo de 2020 entró en vigor el nuevo Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de jugadores.
En primer lugar, mediante la creación del nuevo artículo 5 bis, se prohíben las transferencias puente, estableciéndose una presunción iuris tantum de existencia de tal situación en el supuesto en que tengan lugar dos transferencias de un mismo jugador dentro de un plazo de dieciséis semanas. Con esta medida, se pretende evitar las prácticas con las que algunos clubes esquivaban el pago de los derechos de formación.
Respecto a la protección de menores, se añaden dos excepciones más en las que se permite la transferencia internacional de jugadores menores de dieciocho años:
- Si el jugador debe huir del país del que es natural por motivos específicamente humanitarios que ponen en peligro su vida o su libertad por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social o por su posicionamiento político, sin sus padres y, por tanto, se le permite residir al menos temporalmente en el país de destino.
- El jugador es un estudiante y se muda sin sus padres temporalmente a otro país por motivos académicos para participar en un programa de intercambio. La duración de la inscripción del jugador en el nuevo club hasta que cumpla los 18 años o hasta el final del programa académico o escolar no podrá superar un año. El nuevo club del jugador solo podrá ser un club exclusivamente aficionado sin un equipo profesional ni relación de derecho, de hecho y/o económica con un club profesional.
Por otro lado, se reduce de quince (15) a siete (7) días el plazo que debe esperar la federación del club de destino de un jugador para proceder a su inscripción provisional, para el caso de que la federación de origen no haya dado respuesta a la solicitud de Certificado de Transferencia Internacional (CTI).
En cuanto a la indemnización por formación, el hecho determinante de su devengo será la primera inscripción del jugador como profesional, y no la firma del primer contrato como profesional, según se regulaba en la versión anterior del reglamento de transferencia de jugadores que entró en vigor en octubre de 2019. Asimismo, se amplía la competencia de la FIFA ante disputas relacionadas con la indemnización por formación entre clubes que pertenezcan a la misma asociación, siempre que la transferencia del jugador que ocasiones la disputa haya ocurrido entre clubes que pertenezcan a diferentes asociaciones.
Otra de las novedades importantes es la ampliación del ámbito de aplicación del mecanismo de solidaridad a los traspasos entre clubes afiliados a una misma federación, siempre que el club formador esté afiliado a una federación distinta.
Debe destacarse que lo relativo a la nueva regulación de los derechos de formación de jugadores jóvenes, mecanismo de solidaridad, y las disputas sobre dichas materias, entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2020.