Incremento de las retenciones.

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¿Se han incrementado los porcentajes de retención de los rendimientos de actividades profesionales?

Sí, con efectos desde 1 de septiembre de 2012 se modifica la letra a) del apartado 5 del artículo 101 de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio incrementándose al 19% el porcentaje de retención. No obstante se aplicará el porcentaje del 9% sobre los rendimientos de actividades profesionales que se establezcan reglamentariamente.

No obstante, en los periodos impositivos 2012 y 2013, a los rendimientos satisfechos o abonados a partir del 1 de septiembre de 2012, el porcentaje de retención será el previsto en el apartado 4 de la Disposición Adicional Trigésimo Quinta de la Ley 35/2006 que eleva el porcentaje del 19% al 21%.( DA 35ª: Los periodos impositivos 2012 y 2013 los porcentajes de pagos a cuenta del 19% previsto en el artículo 101 de la Ley se elevan al 21%

 

Autor:
PLANA ABOGADOS & ECONOMISTAS

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