Durante este mes de abril finaliza el plazo de presentación telemática ante el Registro Mercantil de los siguientes libros:
- Libro Diario
- Libro de Inventario y Cuentas Anuales
- Libro de Actas
- Libro Registro de Socios (para Sociedades Limitadas)
- Libro Registro de Acciones Nominativas (para Sociedades Anónimas)
- Libro Registro de Contratos con Sociedades unipersonales
A pesar de que el año pasado existieron posiciones heterogéneas de los diferentes Registros Mercantiles respecto a la presentación de los libros, está claro que todos los libros de 2015 deberán presentarse obligatoriamente por vía telemática.
La Instrucción de 12 de febrero de 2015 de la Dirección General de los Registros y del Notariado unificó el criterio estableciendo una serie de principios conforme a los cuales debe producirse la legalización de todos los libros obligatorios.
¿CÓMO se legalizan?
Por vía telemática
Mediante firma electrónica válida
A través de la plataforma “Legalia” de tramitación telemática del Colegio de Registradores, en la web www.registradores.org
¿CUÁNDO se legalizan?
Dentro de los 4 meses siguientes al cierre del ejercicio social. Esto es, para los ejercicios coincidentes con el año natural, el plazo finaliza el próximo 30 de abril.
¿QUÉ LIBROS se legalizan?
- LIBRO DIARIO
Este libro registra diariamente las operaciones relativas a la actividad de la empresa. No obstante, se permiten anotaciones conjuntas que no superen el plazo de un mes siempre que se desglosen en otros libros adicionales.
- LIBRO de Inventario y Cuentas Anuales
El Libro de Inventario se compone de:
- Balance inicial detallado: Relación valorada de todos los bienes, derechos y obligaciones de la empresa al comienzo del ejercicio que debe coincidir con el inventario de cierre del ejercicio anterior.
- Balance de comprobación de sumas y saldos: Presenta todas las cuentas con saldo de la empresa, tanto las cuentas del balance como las de Ingresos y Gastos, deben transcribirse al menos trimestralmente.
- Inventario de cierre: Relación detallada y valorada de los distintos elementos que componen el patrimonio de la empresa al final del ejercicio.
El Libro de Cuentas Anuales comprende el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto y memoria anual y, en su caso, el estado de flujos de efectivo y el Informe de Gestión, formando todos los documentos una unidad única.
- LIBRO de actas
El libro de actas registra los acuerdos tomados por las juntas generales y extraordinarias y los demás órganos colegiados de la sociedad, con expresión de los datos relativos a la convocatoria y a la constitución del órgano, un resumen de los asuntos debatidos, las intervenciones de las que se haya solicitado constancia, los acuerdos adoptados y los resultados de las votaciones.
Los siguientes Libros únicamente deberán presentarse en caso de que su contenido haya experimentado algún tipo de modificación:
- LIBRO REGISTRO DE SOCIOS
Registra la titularidad originaria y las sucesivas transmisiones de las participaciones sociales, así como la constitución de derechos reales y otros gravámenes sobre las mismas.
- LIBRO REGISTRO DE ACCIONES NOMINATIVAS
Detalla las sucesivas transferencias de las acciones, con expresión del nombre, apellidos, razón o denominación social, en su caso nacionalidad y domicilio de los sucesivos titulares, así como la constitución de derechos reales y otros gravámenes sobre las acciones.
- Libro Registro de Contratos
El libro registro de contratos o libro registro de la sociedad registra los contratos celebrados entre el socio único y la sociedad.
Debido a que la legalización de los libros es obligatoria para todas personas jurídicas y algunas personas físicas empresarios y/o profesionales, les invitamos a ponerse en contacto con PLANA ABOGADOS & ECONOMISTAS, S.L.P. para el asesoramiento que necesiten.