NUEVOS TIPOS DE RETENCIÓN A CUENTA APLICABLES EN EL EJERCICIO 2016
El pasado 12 de julio el Gobierno adelantaba la bajada de retenciones aprobada en la última reforma fiscal del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, modificando así los tipos que se venían aplicando desde comienzos del año 2015. Desde el pasado 1 de enero de 2016, algunos de los tipos vuelven a modificarse, completando así el proceso de ajuste contemplado en la reforma fiscal.
A continuación, adjuntamos un resumen de los cambios más significativos y unas tablas con el detalle de los principales y nuevos tipos de retención, tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, como en el Impuesto sobre la renta de no residentes y el Impuesto sobre Sociedades.
- Rendimientos del trabajo:
Derivados de relaciones laborales o estatuarias, de pensiones y haberes pasivos: Con carácter general se aplicará la siguiente escala. Hay que tener en cuenta que puede ser diferente en función de las tarifas autonómicas de IRPF aprobadas por algunas comunidades autónomas como Cataluña.
RENDIMIENTOS DEL TRABAJO |
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APLICABLE A PARTIR DE 2016 |
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Base liquidable |
Cuota íntegra |
Resto base liquidable |
Tipo aplicable % |
Hasta euros |
Euros |
Hasta euros |
Euros |
0,00 |
0,00 |
12.450,00 |
19% |
12.450,00 |
2.365,50 |
7.750,00 |
24% |
20.200,00 |
4.225,50 |
15.000,00 |
30% |
35.200,00 |
8.725,50 |
24.800,00 |
37% |
60.000,00 |
17.901,50 |
En adelante |
45% |
El tipo de retención sobre atrasos de otros ejercicios se mantiene en el 15%.
Administradores y miembros del Consejo de Administración: El tipo de retención será del 35%, aunque se reducirá al 19% cuando procedan de entidades cuya importe neto de la cifra de negocios del último período impositivo finalizado con anterioridad al pago de rendimientos sea inferior a 100.000 euros.
- Rendimientos de actividades económicas: Las retenciones a profesionales sigue siendo del 15%. En el caso de profesionales de nuevo inicio se mantiene en el 7%.
- Rendimientos del capital mobiliario: Con carácter general el tipo aplicable es del 19% (en rendimientos derivados de la participación en fondos propios; de la cesión a terceros de capitales propios; de operaciones de capitalización, seguros de vida, invalidez, imposición de capitales; de propiedad intelectual, industrial, prestación de asistencia técnica; de arrendamiento y subarrendamiento de bienes muebles, negocios o minas; de la cesión del derecho de explotación de derechos de imagen siempre que no sean en el desarrollo de una actividad económica).
- Rendimientos del capital inmobiliario: El nuevo tipo se establece en el 19%.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS |
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CLASE DE RENTA |
PROCEDENCIA |
Aplicable hasta 11/07/15
|
Aplicable a partir de 12/07/15
|
Aplicable a partir de 2016
|
RENDIMIENTOS DEL TRABAJO |
Rendimientos por relaciones laborales y estatuarias, de pensiones y haberes pasivos |
Variable |
Variable |
Variable (ver cuadro anterior) |
Consejeros y administradores (cifra negocios >100.000€) |
37% |
37% |
35% |
|
Consejeros y administradores (cifra negocios <100.000€) |
20% |
19,5% |
19% |
|
Cursos, conferencias, seminarios, etc. |
19% |
15% |
15% |
|
Elaboración obras literarias |
19% |
15% |
15% |
|
Atrasos |
15% |
15% |
15% |
|
Trabajadores desplazados a territorio español hasta 600.000,01€ |
24% |
24% |
24% |
|
Trabajadores desplazados a territorio español desde 600.000,01€ |
47% |
47% |
45% |
|
ACTIVIDADES PROFESIONALES |
Con carácter general |
19% |
15% |
15% |
Determinadas actividades profesionales (recaudadores municipales, mediadores de seguros, etc.) |
9% |
7% |
7% |
|
Profesionales de nuevo inicio (en el año de inicio y en los dos siguientes) |
9% |
7% |
7% |
|
OTRAS ACTIVIDADES ECONOMICAS |
Actividades agrícolas y ganaderas en general |
2% |
2% |
2% |
Actividades de engorde de porcino y avicultura |
1% |
1% |
1% |
|
Actividades forestales |
2% |
2% |
2% |
|
Actividades en E.O. |
1% |
1% |
1% |
|
Rendimientos del art.75.2.b: Cesión derecho de imagen |
24% |
24% |
24% |
|
Rendimientos del art.75.2.b: Resto de conceptos |
20% |
20% |
19% |
|
IMPUTACION RENTAS POR CESION DERECHOS IMAGEN |
Art.92.8 y D.A.31.3.e |
20% |
20% |
19% |
GANANCIAS PATRIMONIALES |
Premios de juegos, concursos, rifas…sujetos a retención, distintos de los sujetos a GELA |
20% |
19,5% |
19% |
Aprovechamientos forestales en montes públicos |
20% |
19,5% |
19% |
|
OTRAS GANANCIAS PATRIMONIALES |
Transmisión de derechos de suscripción: 19% a partir de 1/1/17 |
|
|
|
Transmisión de acciones y participaciones en IIC (Fondos inversión) |
20% |
19,5% |
19% |
|
CAPITAL MOBILIARIO |
Derivados de las participación en fondos propios de entidades |
20% |
19,5% |
19% |
Cesión a terceros de capitales propios |
20% |
19,5% |
19% |
|
Operaciones de capitalización, seguros de vida o invalidez e imposición de capitales |
20% |
19,5% |
19% |
|
Propiedad intelectual, prestación de asistencia técnica |
20% |
19,5% |
19% |
|
Arrendamiento y subarrendamiento de bienes muebles, negocios o minas |
20% |
19,5% |
19% |
|
Rendimientos derivados de la cesión del derecho de explotación de derechos de imagen siempre que no sean en el desarrollo de una actividad económica |
24% |
24% |
24% |
|
CAPITAL INMOBILIARIO |
Arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos |
20% |
19,5% |
19% |
IMPUESTO SOBRE LA RENTA NO RESIDENTES |
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PROCEDENCIA |
Aplicable hasta 11/07/15
|
Aplicable a partir de 12/07/15
|
Aplicable a partir de 2016
|
Tipo gravamen general no residentes en UE o EEE |
24,75% |
24% |
24% |
Tipo gravamen general residentes en UE o EEE |
20% |
19,5% |
19% |
Dividendos, intereses y ganancias patrimoniales |
20% |
19,5% |
19% |
Transmisión de inmuebles situados en territorio español |
3% |
3% |
3% |
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES |
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PROCEDENCIA |
Aplicable hasta 11/07/15 |
Aplicable a partir de 12/07/15
|
Aplicable a partir de 2016
|
Tipo general |
20% |
19,5% |
19% |
Cesión derechos imagen |
24% |
24% |
24% |
Premios de loterías y apuestas no exentos del gravamen especial |
20% |
20% |
20% |
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