Presentación libros telemáticos

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LEGALIZACIÓN DE LOS LIBROS TELEMATICAMENTE: EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID,  MEDIANTE AUTO DICTADO EN FECHA 27 DE ABRIL DE 2015,  HA SUSPENDIDO LA APLICACIÓN DE LA INSTRUCCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTROS Y NOTARIADO

Ayer lunes día 27 de Abril el Tribunal Superior de Justicia de Madrid mediante auto nº 84 ha suspendido, por mientras no recaiga sentencia, la obligación de las sociedades mercantiles de presentar vía telemática los libros de los empresarios en los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio social (el 30 de Abril para ejercicios de año natural), cuya obligación ya fue objeto de desarrollo en nuestro anterior Boletín.

La adopción de dicha medida cautelar trae causa del recurso contencioso administrativo interpuesto contra la Instrucción por la sociedad sin ánimo de lucro constituida por empresas cotizadas españolas Emisores Españoles.

El Tribunal entiende que las novedades de la Instrucción no salvaguardan la información confidencial de las empresas desde la entrega telemática de los libros que anteriormente se entregaban en blanco para su legalización y que existe riesgo de que el procedimiento de legalización permita a terceros acceder al contenido de dichos libros.

En conclusión, al haberse dictado este Auto, por el momento, y hasta que no sea dictada sentencia en el recurso contencioso, las empresas no tienen la obligación de presentar sus libros telemáticamente y pueden continuar haciéndolo como hasta ahora.

 

Departamento Legal

Judit Gómez y Estel Puig

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