Programa de Estabilidad de España

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CONSEJO DE MINISTROS DE 26/04/2013

El pasado viernes 26 de abril se aprobó la remisión al Consejo de Ministros de la Unión Europea y a la Comisión Europea de la actualización del Programa de Estabilidad de España 2013-2016.

Como principales propuestas, destacan las siguientes:

En relación con el Impuesto sobre Sociedades se harán nuevos ajustes que contribuyan al ensanchamiento de las bases imponibles y la tributación efectiva de este impuesto, y a no incentivar el apalancamiento financiero de las empresas.

Hacienda continuará con la reestructuración del sistema tributario de forma que se dé más peso específico a los impuestos indirectos sobre los directos, manteniendo el principio de solidaridad en la carga tributaria.

En lo relativo a los impuestos indirectos, en materia del Impuesto sobre el Valor Añadido, sólo se aplicarán modificaciones por obligación legal, que afectarán a determinados productos sanitarios y servicios realizados por los notarios, modificaciones procedentes de la legislación comunitaria y de las sentencias el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El gravamen complementario del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas fijado temporalmente para los ejercicios 2012 y 2013 se prorroga durante el ejercicio 2014.

Se pretende desplazar la fiscalidad desde el trabajo hacia los consumos que presentan mayores externalidades negativas, por lo que se prevé, por recomendaciones de la Unión Europea, el establecimiento de nuevos tributos medioambientales y la modificación de los impuestos especiales para introducir consideraciones medioambientales, mientras que el impuesto especial sobre hidrocarburos no se verá incrementado.

La política tributaria incluirá un nuevo apartado de medidas de estímulo para la vuelta al crecimiento económico. En este sentido, se incidirá especialmente en la bajada de impuestos selectivos de apoyo al emprendedor y los autónomos. Para ello:

–      Se fijará una nueva deducción del 20 por 100 en la cuota estatal del IRPF de la aportación que realice un particular a una empresa de nueva o reciente creación, con un límite de 20.000 euros. Este inversor particular (“business angel”) tendrá derecho a una exención del 100 por 100 por las ganancias obtenidas al vender su participación si, a su vez, reinvierte lo ganado en otra empresa de reciente creación.

–      Por otro lado, Hacienda fijará de una deducción de hasta el 10 por 100 de los beneficios empresariales que se reinviertan, en el caso de empresas con un volumen de negocio inferior a diez millones de euros.

–      De igual forma, y como medida de estímulo al crecimiento, se permitirá recuperar deducciones por I+D que no hayan podido aplicarse en ejercicios anteriores mediante un novedoso sistema de devolución.

–      Además, está prevista la aplicación del llamado IVA de caja para pymes y autónomos. Se trata de un régimen especial nuevo y optativo, que permitirá evitar ingresar el IVA hasta que se cobre la factura. Se aplicará a partir del 1 de enero de 2014 para pymes y autónomos con un volumen de negocio inferior a dos millones de euros.

En cuanto al nuevo impuesto a la banca sobre pasivos, se establecerá un tipo de gravamen del 0,2 por 1000, que generará una recaudación muy moderada para compensar a las Comunidades Autónomas (Extremadura, Andalucía y Canarias) que tenían impuesto propio. No se trata, en cualquier caso, de un gravamen al ahorrador, ya que lo pagarán las entidades financieras.

Con el objetivo de alcanzar un entorno empresarial más favorable, fomentando y facilitando la creación de empresas, que los proyectos viables puedan desarrollarse plenamente e internacionalizarse, en 2013 se aprobará la Ley de Apoyo al Emprendedor y su internacionalización, que tiene previsto incluir las siguientes medidas:

  • Medidas destinadas a impulsar la iniciativa emprendedora, que incluyan:
  1. formación en materia de emprendimiento
  2. creación de la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada
  3. creación de la figura de la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva
  4. posibilidad de constituir sociedades de responsabilidad limitada en veinticuatro horas
  5. creación de los Puntos de Atención al Emprendedor
  6. facilitación del acceso a la segunda oportunidad, a través de un mecanismo extrajudicial de pagos.

  • Medidas fiscales de apoyo al emprendedor. En particular, se establecerán:
  1. el IVA por criterio de caja
  2. la deducción por reinversión de beneficios
  3. la deducción por I+D e incentivos fiscales a los inversores informales en emprendimiento.

  • Medidas para impulsar la financiación de los emprendedores. Se trata, concretamente, de las siguientes:
  1. eliminación de cargas para incentivar la emisión de valores en el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF),
  2. flexibilización de la regulación de los acuerdos de refinanciación
  3. impulso de nuevos instrumentos para la financiación de los proyectos de internacionalización.

  • Medidas para fomentar el crecimiento empresarial: se ampliará la lista de actividades exentas de licencia municipal y se eliminarán obstáculos al acceso de los emprendedores a la contratación pública.

  • Medidas para impulsar la internacionalización de la economía española: Se prevé un nuevo régimen de visados y autorizaciones de residencia para impulsar la atracción de talento e inversión, y se articulará, con una periodicidad definida, una estrategia española de internacionalización.

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