¿Qué ocurre si hemos firmado con el banco un acuerdo de rebaja de la cláusula suelo?

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El Tribunal Supremo considera válida la renuncia a la reclamación de cantidades indebidamente cobradas por razón de la Cláusula Suelo.

La Sala Primera del Tribunal Supremo dictó la Sentencia nº 205/2018, de fecha 11 de abril, la cual, hasta el momento, tampoco ha sido muy sonada, a pesar de que puede afectar en gran medida en muchos de los procedimientos judiciales ya interpuestos y los pendientes de interponer. Mediante dicha Sentencia se pone de manifiesto que, si el consumidor, previa la vía judicial, accede a una rebaja de la cláusula suelo y renuncia a reclamar el importe que la entidad bancaria les había cobrado hasta el momento por la aplicación de la cláusula suelo, el Tribunal considera que ha habido una transacción entre las partes y que,  teniendo en cuenta que la transacción se realizó de una forma en la que el consumidor claramente entendía lo que suponía dicho acuerdo, se cumplieron con las exigencias de transparencia y los consumidores conocieron perfectamente los términos de la transacción y así la aceptaron.

La sentencia también deja abierta una brecha y deja claro que la eficacia vinculante del acuerdo transaccional no puede equipararse en ningún caso al efecto de costa juzgada previsto en el artículo 222 de la LEC, con lo cual, a pesar de que el consumidor haya firmado una transacción de rebaja de la cláusula suelo, cabría la posibilidad de discutir en sede judicial la validez del contrato de transacción. Esto es, si se ha llevado a un acuerdo con el banco deberá analizarse caso a caso si es viable dejar sin efecto el mismo, a fin de reclamar judicialmente el importe total de los intereses pagados indebidamente por la aplicación de la cláusula suelo.

Desde PLANA ABOGADOS & ECONOMISTAS ofrecemos a todos los afectados por la imposición de la Cláusula Suelo un asesoramiento individualizado de su caso, a fin de valorar la viabilidad del mismo y recomendarle la mejor solución, así como también un asesoramiento para todos aquellos consumidores que firmaron con la entidad bancaria una rebaja de la Cláusula Suelo y una renuncia a reclamar cualquier importe en concepto de la misma, ya que se ha de analizar el caso concreto para ver la viabilidad del caso.

Responsable Departamento Procesal

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