Durante la vigencia del contrato de arrendamiento el arrendatario vendrá obligado a efectuar en la vivienda todas aquellas reparaciones de poca entidad causadas por el desgaste propio que del uso ordinario se hace de la vivienda arrendada.
En consecuencia, si nada dice expresamente el contrato de arrendamiento, la reparación de la caldera de gas derivada del uso es una responsabilidad que debe asumir el arrendatario.
Ahora bien, este podrá decidir cómo hacer la reparación por lo que no estará obligado a asumir el contrato de mantenimiento suscrito por el arrendador, por ello el coste del mantenimiento debe ser asumido por el arrendador pues es un contrato en el que no ha participado el arrendatario.