Régimen Transitorio en las prestaciones de Planes de Pensiones en forma de capital.

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¿Está vigente la posibilidad de aplicar la reducción del 40% a las prestaciones de Planes de Pensiones percibidas en forma de capital?

Existe un régimen Transitorio que permite la aplicación en los siguientes términos:

  • Contingencias acaecidas a partir de 1/1/2015. Se podrá aplicar la reducción del 40% cuando se solicite el cobro de la prestación en el mismo ejercicio en que acaezca la contingencia o en los dos ejercicios siguientes.
  • Contingencias acaecidas antes de 1/1/2015. Se distinguen dos supuestos:
  • Contingencias acaecidas en los ejercicios 2011 a 2014: la reducción del 40% sólo podrá ser de aplicación, en su caso, a las prestaciones percibidas hasta la finalización del octavo ejercicio siguiente a aquel en el que acaeció la contingencia correspondiente.
  • Contingencias acaecidas en los ejercicios 2010 o anteriores: la reducción del 40% sólo podrá ser de aplicación, en su caso, a las prestaciones correspondientes percibidas hasta el 31 de diciembre de 2018.

En resumen, sería:

Año acaecimiento contingencia

Plazo máximo para cobro con reducción 40%

2010 o anteriores

31/12/2018

2011

31/12/2019

2012

31/12/2020

2013

31/12/2021

2014

31/12/2022

2015 o posteriores

31/12+2

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