Tratamiento fiscal de los unit-linked

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Los Unit-Linked (en adelante, UL), cuya denominación legal en España es “Seguro de Vida en los que el tomador asume el riesgo de las inversiones”, es un tipo de seguro que ofrece un valor de vencimiento o de rescate expuesto total o parcialmente y directa o indirectamente a las variaciones del mercado. Desde el punto de vista fiscal, el UL podría dar lugar a diversos supuestos de tributación pudiendo originarse hechos imponibles en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el Impuesto de Patrimonio, así como en el Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones.

 

La novedad es que la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal ha introducido importantes modificaciones en el Impuesto de Patrimonio (en adelante, IP), en lo relativo a los Seguros de Vida, concretamente en lo que hace referencia al valor por el que deben tributar los mismos, diferenciando si hay derecho de rescate, en cuyo caso se tributaría por el valor de rescate a 31 de diciembre, de si no hay tal derecho, en cuyo caso el tomador tributará por las “provisiones matemáticas”. Por tanto, a partir de la entrada en vigor de la Ley 11/2021, el tomador de un seguro tipo UL deberá incluirlo en su declaración del IP por el valor de rescate que se le otorgue al mismo y, a falta de éste, habrá de valorarse por el valor de la provisión matemática.

En PLANA ABOGADOS & ECONOMISTAS estamos como siempre a su disposición para asesorarles e informarles en este tema  y en cualquier otro que precisen.

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