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Deducciones por I+D+i: el TEAC reconoce su aplicación fuera del ejercicio de generación.

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), en la Resolución del 17 de julio de 2025, ha establecido un criterio relevante en materia de deducciones fiscales por I+D+i, permitiendo que, en determinados casos, puedan aplicarse en ejercicios posteriores, aunque no se hubieran consignado en el periodo de origen. El caso analizado se refería a una empresa que pretendía incluir en su liquidación de 2017 una deducción generada en 2016, la cual la Administración había rechazado por considerar prescrito el ejercicio.

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Residentes Extracomunitarios: deducción de gastos por arrendamiento de inmuebles sitos en España. Sentencia de la Audiencia Nacional.

Recientemente, la Audiencia Nacional dictó una sentencia que reconoce el derecho de los no residentes en la Unión Europea (UE) y en el Espacio Económico Europeo (EEE), que obtengan rentas inmobiliarias en España, a deducir los gastos vinculados al propio arrendamiento en las mismas condiciones que lo hacen los residentes comunitarios.
En ese sentido, se abre la puerta para que los residentes extracomunitarios que sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) y propietarios de inmuebles sitos en España puedan deducir los gastos vinculados al alquiler como suministros, seguros, impuestos relacionados, amortización del inmueble y del mobiliario, gastos de reparación, gastos de comunidad, entre otros.
Esta sentencia marca un precedente importante para los residentes extracomunitarios con inmuebles sitos en España ya que hasta ahora se veían penalizados/discriminados fiscalmente por no ser residentes de la UE y el EEE, al no tener la posibilidad de deducir los gastos vinculados al arrendamiento de estos inmuebles.

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